25 de febrero de 1983

Baleares. Normalización lingüística Ley 3/1986


Artículo 34.

1. El Govern de la Comunidad Autónoma, asegurará el uso de la lengua catalana en todas las funciones y actividades de tipo administrativo que realicen las instituciones y organismos que de el dependen.


3. Las bases de convocatoria para la provisión de plazas en La Administración de la Comunidad Autónoma y las Corporaciones Locales, incluirán una referencia expresa el conocimiento de la lengua catalana..


Toda la ley

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